CORRUPCIÓN E INSTITUCIONES PÚBLICAS


Miércoles, 20 de julio de 2011, sobre las 10 de la mañana, empiezo a consultar mi cuenta de Twitter, y empiezan a aparecer informaciones sobre si el President de la Generalitat Valenciana (Gobierno de una región situada al este del Estado Español) que tenía previsto declararse culpable de haber recibido una serie de trajes, chaquetas y otros regalos de una trama corrupta. Al final, por la tarde, tras una rueda de prensa presenta su dimisión. Esta historia la cuento, sin entrar en detalles, para que entiendan de dónde viene la idea de publicar esta entrada.
Aquellos que han leído la entrada en este blog titulada Ayuntamientos Responsables, ya sabrán mi opinión sobre si es necesario introducir criterios de gestión RSE en las instituciones públicas. En mi opinión, claramente sí.
La Gobernanza de una entidad pública tiene mucho en común con la de una empresa. Unas personas (socios) eligen a otras (administración) para que, en representación de ellos, tomen decisiones que beneficien a la sociedad (ídem).
Ante esta similitud, sería de aplicación a un organismo público uno de los 10 principios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas, el 10, que habla sobre esto:
Principio 10: “Los negocios deberán actuar en contra de la corrupción en todas sus formas, incluyendo la extorsión y el soborno.” (más información sobre este principio)
Nos dice el principio, que las empresas, que se adhieran a éste Pacto, lucharán activamente para que no se den casos de corrupción, en ninguna de sus vertientes. Por ejemplo, ninguna empresa pagará a ningún político de ningún país, para poder conseguir bajo exclusividad una determinada materia prima. Ni tampoco, ningún directivo/s recibirá regalos para favorecer contratos con determinadas empresas o con determinados países. ¿Parece lógico?
Algunos de ustedes pueden decir que continúa pasando. Cierto, pero hay que luchar contra ello. Hay que hacerlo tanto desde el ámbito social, como desde la empresa.
Desde el mundo empresarial hay que denunciar estos comportamientos, no hay que entenderlos, ni aceptarlos como algo necesario para trabajar.
Cuando escribo, ámbito social, me refiero (si estas sociedades no coinciden) tanto a la sociedad de dónde se produce el soborno, echando a los políticos corruptos, como desde la sociedad de donde proviene la empresa del soborno, castigando dejando de consumir sus productos, además de medidas legales. Las personas debemos entender que estos  sobrecostes los acabamos pagando.
Un error frecuente, consiste en considerar que las empresas vienen de países ricos y quienes reciben la corrupción son los países en vía de desarrollo. El caso de la introducción ha ocurrido en una región considerada medianamente rica de un país desarrollado.
¿Cren loss organismos públicos gestionados atendiendo a criterios responsables, cumplen el Principio 10? ¿Piensan que si las sociedades y empresas sancionaran estos comportamientos, éstos continuarían pasando?
Espero les sirvan las preguntas para reflexionar, y que casos como el de mi President no se repitan.
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