Aceptamos voluntariedad como Estrategia Nacional


En el borrador del Plan se cita en diversas ocasiones que la RSE es voluntaria, así como la información que suministra la empresa de carácter no financiero, pero también los compromisos con los grupos de interés, pues eso, VOLUNTARIO TODO Y TODOS. Si quieren comprobarlo pueden buscar en las páginas 5, 7, 14, 21, 24, 26, 29 (3 veces), 35, 39, 41, 44, 52.


Me llama poderosamente la atención que se le pone a algo, en mi opinión, tan poco importante. No creo que deba ser la voluntariedad u obligatoriedad el centro de los debates en RSC. Después pienso que alguna cosa se me escapa porque si se nombra tantas veces es porque debe ser muy, pero muuuuyyy, importante.

Me propongo hacer un repaso a las razones que se esgrimen en favor de la voluntariedad. Los motivos son:

Enlace Motivo citado (todo entrecomillado) Reflexión
Gerencia y Cambio Organizacional (Luis Carapaica) Las empresas son organizaciones que responden a criterios éticos de comportamiento Y en principio las personas también, aunque no nos evita tener que cumplir con ciertas leyes.
Gerencia y Cambio Organizacional (Luis Carapaica) Libertad de la empresa para actuar y tomar sus propias decisiones Creo que la libertad individual debe acabar en el momento que impide a otro igual disfrutar de la misma libertad.
Cátedra RSC de Mango Aunque resulta necesario seguir legislando con respecto a garantizar unos aspectos mínimos de la RSC – y así suplir las lagunas de la autorregulación -, un exceso de regulación en este campo conllevaría el riesgo de que las empresas priorizasen un mero cumplimiento de medidas obligatorias y no integrasen los valores de la RSC en su estrategia de gestión De acuerdo, es una justificación. Aunque se anticipa un posible riesgo que puede darse o no.
RSE Xunta de Galicia La RSE implica por definición adquirir un compromiso voluntario Si es por definición, pues ya está.
Entrevista a Jorge Villalobos. Compromiso empresarial.

Considero que la responsabilidad social debe ser voluntaria. Por tanto, debe abordarse, una vez que se cumpla la ley, pero no debe ser tal. De hecho, considero que es muy difícil hacer ley de la responsabilidad social, entre otras cosas, porque si se aprueba como ley solo en un país, se corre el riesgo de generar una deslocalización y que las empresas decidan ubicarse allí donde la ley no les obliga a determinadas cuestiones.

Una empresa responsable lo será voluntariamente, pero si le obligan no lo querrá ser.
Entrevista a Jorge Villalobos. Compromiso empresarial.

La responsabilidad social, así como la filantropía se caracterizan porque la voluntariedad está en su naturaleza. Esa es la única manera de que las empresas apuesten por ella.

No creo que sea algo natural. No es más que una convención. En España circulamos por la derecha, pero podríamos hacerlo diferente.
Forética La Responsabilidad Social Empresarial (RSE) es el fenómeno voluntario que busca conciliar el crecimiento y la competitividad, integrando al mismo tiempo el compromiso con el desarrollo social y la mejora del medio ambiente. Sin más.
Forética Foro de Expertos en RSE del Ministerio de Trabajo estableció en España la siguiente definición: “La responsabilidad social de la empresa es, además del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, la integración voluntaria por parte de la empresa, en su gobierno y gestión, en su estrategia, políticas y procedimientos, de las preocupaciones sociales, laborales, medioambientales y de respeto a los derechos humanos que surgen de la relación y el diálogo transparentes con sus grupos de interés, responsabilizándose así de las consecuencias y de los impactos que se derivan de sus acciones En la misma web de Forética se recoge esta definición del 2006 que incluye algo que considero fundamental: responsabilizarse de sus actos no es voluntario, aunque sí incluirlo en su gestión. Empiezo a entender algo.
Blog de Antonio Argandoña. ¿Debe ser obligatoria la RSE?

– La ley puede funcionar relativamente bien cuando es negativa pero no suele ser útil cuando manda lo positivo.

– La prudencia aconseja no legislar si no se está muy seguro de lo que se espera conseguir y de los costes de la medida.

– Dejar al legislador –y a los expertos que le asesoran- la decisión de qué es bueno o malo.

– La ley no lo puede abarcar todo. Y será reactiva.

– Muchas de las decisiones sobre contenidos de la RS no pueden definirse bien.

– Hecha la ley, hecha la trampa.

– Los costes de supervisión y control pueden ser muy grandes.

Basa sus explicaciones en porqué es incorrecto regular y menos en las ventajas de la voluntariedad.
– Pues hagamos una ley negativa. Aunque no me queda muy claro su significado, el Código de Circulación, ¿es positivo o negativo?
– Debe ser un problema de cálculo el de los costes, aunque no creo que la administración deba basar sus decisiones sólo en los costes. Respecto a los objetivos, me repito, ¿cuáles son los del Código de Circulación?
– Creo que es lo que tienen la leyes. La alternativa es que no haya leyes.
– Por supuesto, una ley no puede abarcarlo todo, cada uno de los casos particulares, y vuelvo, tampoco lo hace el Código de Circulación. Es reactiva, o no, puede actuar como freno a ciertos comportamientos.
La responsabilidad social no puede ser obligatoria. (Diario Responsable) – Para hacer algo legalmente obligatorio habría que definir el hecho jurídico en cuestión.
-¿Quién dice lo que es socialmente responsable, medio ambientalmente, económicamente responsable, y lo que no lo es desde un punto de vista jurídico?
– Al obligar a un sujeto de derecho al cumplimiento de la ley, al mismo  tiempo se le debe transferir el derecho a la presunción de inocencia
– Pues hagamos que desaparezca el paro y el fracaso escolar por ley ya que por arte de magia no podemos. 
– Las cuestiones éticas y humanitarias no habitan en los pasillos de los juzgados sino en la conciencia de las personas.
– Si es por definición tenemos muchas, aunque ante esta cantidad mi pregunta es: ¿a quién beneficia esta indefinición?
– Debe ser que es mejor que lo defina uno mismo, por ejemplo, un empresa.
– Ahora pasa lo mismo, pero sin ley. Informar también es voluntario.
– La administración y sus efectos sobre la sociedad pasan una evaluación muy importante, las elecciones.
– En los pasillos no, pero sí en las leyes, al menos, debería.

Todas mis reflexiones son para buscar algún argumento que me convenza de que la voluntariedad de la RSE es idónea por ella misma y siempre desde mi más sincero respeto a todas las personas que las han expresado. No encuentro argumentos con suficiente fuerza, o sin carga ideológica, que así lo hagan. Quizás la definición que aparece en la web de Forética (y casualidad, también en el Plan) del Foro de Expertos del Congreso.

Si utilizamos la persistente definición del Libro Verde (2001): «la integración voluntaria, por parte de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores» Sin más, voluntaria.

Claro que si utilizamos la definición de su última comunicación 2011):

“responsabilidad de las empresas por los impactos de sus actividades en la sociedad”.

Y sobre esto lanzo una cuestión: ¿somos las personas responsables de nuestros actos e impactos en la sociedad? A mi me da igual que sea voluntariamente u obligatoriamente, pero que sean responsables de sus impactos.

Sinceramente, me intriga el interés en destacar la VOLUNTARIEDAD DE LA RSC. Creo que lo importante deberían ser los resultados de la gestión de impactos. La empresa continúa siendo rentable y además, se puede afirmar que minimiza los impactos negativos sobre el entorno, maximizando los positivos. ¿Está el problema en que no queremos que se obligue a las empresas a actuar responsablemente? ¿Se está diciendo que las empresas pueden actuar irresponsablemente? No creo, la verdad.

Aunque en RSC, como en tantos campos, el problema no es de cara o cruz, o blanco o negro, sino más bien de matices. No podemos dejar a las empresas exentas de cierta legislación, puesto que sus objetivos son diferentes a los de la sociedad en su conjunto y la consecución de los mismos en ocasiones genera situaciones de conflicto. Pienso que la ley es el mínimo y que las empresas no la bordean sino que actúan dentro de unos márgenes. Pero existen lugares dónde las empresas actúan y las legislaciones son muy laxas o inexistentes. Podríamos afirmar que no se ajustan a los estándares morales de nuestra sociedad. En estos casos debería ser obligatorio el cumplimiento de todos los estándares internacionales que nuestro país haya firmado. Y esto no debe suponer ninguna rigidez sino que estas son las reglas del juego. Ganar dinero no respetando los DD.HH. es delito, o no respetando las recomendaciones de la OIT, entre otras. 

Una vez esto queda resuelto entraríamos en la voluntariedad de los demás objetivos. ¿Queremos reducir la desigualdad interna entre trabajadores y consejo? Pues que fijen una ratio determinada entre mejor pagado y salario mínimo. ¿Queremos ser la empresa más respetuosa con el medio ambiente? Pues venga. ¿Queremos aumentar el bienestar económico de un país de nuestra cadena de suministro?

Quiero entender la obligatoriedad de la RSC como una forma de exigir unas normas de juego más justas, pero sin estrangular la capacidad de competir de las empresas. El requisito mínimo es que esta forma de competir no suponga reducir la libertad de otros  de poder competir.

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